El Gobierno prevé aprobar la nueva normativa sobre la calidad el agua de consumo
Los controles se basan en la gestión de riesgos y afectan a la cadena de suministro completa
El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar próximamente el decreto en el que se establecen los criterios técnico sanitarios del suministro y control de la calidad del agua de consumo para adaptarse a la Directiva europea 2020/2184. La norma ha pasado la fase de consulta pública y está incorporada en el Plan Anual Normativo de 2022, por lo que debería aprobarse antes de que acabe el año.
Este Real Decreto tiene una doble finalidad, por una parte, establece el marco jurídico para proteger la salud humana de los efectos adversos de cualquier contaminación del agua de consumo al garantizar que sea salubre y limpia. Por otra, facilita el acceso a la misma en España.
La nueva norma aplica mejoras en diferentes ámbitos, desde la lista de valores paramétricos a la aplicación del método basado en factores de riesgo. Con el objetivo de atender a la creciente preocupación pública por los efectos en la salud humana de compuestos emergentes, se incluyen mecanismos para su control. Esto incluye, por primera vez, a los compuestos PFAS, en los que ESOLVE es experto gracias a su apuesta con la Investigación y el Desarrollo participando en diversos proyectos europeos sobre el estudio y tratamiento de estas sustancias.
Otra novedad importante es que, para garantizar la seguridad del agua suministrada, se requiere un método basado en la gestión de riesgos que sea completo, que cubra toda la cadena de suministro, desde la zona de captación, extracción, tratamiento, almacenamiento y distribución hasta el punto de entrega al consumidor. Esto incluye también las instalaciones interiores en edificios prioritarios, como hospitales y centros de salud; residencias geriátricas; guarderías y centros educativos, edificios con alojamiento; centros deportivos y de ocio; centros comerciales; instituciones penales y militares entre otros.
Para asegurar la calidad del agua de consumo se requieren los siguientes tipos de controles: el Protocolo de Autocontrol, realizado por el operador del abastecimiento público o privado; la Vigilancia Municipal, realizada por la Administración Local, en el grifo del consumidor; el Control en Edificios prioritarios, realizado por el titular del local; la Vigilancia sanitaria, realizada por la autoridad sanitaria; y la Vigilancia en las zonas de captación, realizada por la administración hidráulica o la administración competente en el caso de aguas costeras y marítimas.
La evaluación de riesgos de las zonas de captación incluirá la caracterización de esas zonas, la detección de peligros y el control adecuado de las aguas superficiales y subterráneas, por lo que el RD incluye una modificación, vía disposición final, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico para la determinación de perímetros de protección.
Con estas medidas, que siguen las pautas marcadas por Europa, se busca proteger la salud de las personas de los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas, así como garantizar su acceso, disponibilidad, salubridad, calidad, limpieza, cantidad suficiente y presión adecuada, lo que constituye el compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.